Violence against women in Latin America: complexity and challenges
Edwin Marcelo Velasco Mora
Editorial Académica Española y Jurisconsultos Latam
PDFResumen
La violencia de género es la principal causa de muerte de mujeres en América Latina y el Caribe de entre 15 y 44 años, cuyas causas estructurales son: la desigualdad, el patriarcado, el machismo, la discriminación y la subordinación histórica de la mujer; tiene su origen en las relaciones históricamente desiguales entre hombres y mujeres, en las relaciones de poder, en las profundas brechas de género, constituye una grave violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales, y un problema estructural de larga data, cuya manifestación más extrema es el femicidio, y otros factores negativos que contribuyen al empeoramiento de la desigualdad de las mujeres y su condición nobiliaria en el mundo.
Summary
Gender violence is the leading cause of death of women in Latin America and the Caribbean between 15 and 44 years of age, whose structural causes are: inequality, patriarchy, machismo, discrimination and the historical subordination of women; it has its origin in the historically unequal relations between men and women, in power relations, in deep gender gaps, constitutes a serious violation of human rights and fundamental freedoms, and a long-standing structural problem, whose most extreme manifestation is femicide, and other negative factors that contribute to the worsening of women’s inequality and their nobiliary status in the world.
Palabras clave
América Latina, desafíos, femicidio, violencia contra la mujer, violencia de género
Keywords
Latin America, challenges, femicide, violence against women, gender-based violence
Metodología
La presente investigación es de tipo descriptivo-explicativa, con enfoque cuantitativo de la violencia feminicida en cifras, y cualitativo de diferentes formas de violencia contra la mujer manifiestas en América Latina y el Caribe. Las técnicas que se utilizaron fueron la observación, recolección de datos, información estadística y análisis de informes internacionales de derechos humanos con enfoque de género de la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, como fundamento para establecer la violencia de género como un problema de derechos humanos, a la vez que permitió elaborar las conclusiones, retos y desafíos que persisten en el siglo XXI, en aras de garantizar el derecho a una vida libre de violencia para las mujeres y las niñas.
Introducción
A la subordinación histórica de las mujeres, a todas las formas de discriminación y violencia, a los salarios diferenciados, al maltrato sistemático en el hogar y al reducido acceso a la arena política; la humanidad debe sumar con vergüenza el fenómeno que cercena la vida de miles de mujeres y niñas, en el afán de someter sus cuerpos y dominarlas, estamos hablando del femicidio. En el mundo se estima que 60.000 mujeres y niñas son asesinadas cada año por el solo hecho de ser mujeres, lo que refleja un asesinato cada diez minutos. Por esta razón, el 25 de noviembre de cada año, el mundo conmemora un día más a favor de la lucha contra la erradicación de la violencia de género contra las mujeres. Recordar que fue en 1960, cuando las hermanas Mirabal fueron torturadas y asesinadas allá en República Dominicana, en plena dictadura: Patria, Minerva y María Teresa Mirabal sufrieron justamente las expresiones más violentas que las mujeres pueden sufrir en sus cuerpos y en sus almas, pero esta lucha y esta muestra de ese acto violento motivó a que años más tarde, en 1999, la Organización de las Naciones Unidas proclamara el 25 de noviembre, día en que ellas fueron asesinadas, como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Día en que todo el mundo rinde homenaje a las hermanas Mirabal, cuyo asesinato es ícono de la violencia extrema de género, y que hoy apellidaremos patriarcal y feminicida; porque así como Patria, María Teresa y Minerva Mirabal, otras tantas hermanas de nuestra América Latina viven experiencias de dominación múltiple que desafían lo incomprensible, no solo desde el patriarcado y el machismo, sino desde la violencia y el femicidio. Pues las estadísticas muestran que la violencia y la discriminación contra las mujeres siguen azotando a todos los países del mundo en mayor o en menor grado; por ejemplo, según la Organización Mundial de la Salud la violencia de género es la principal causa de muerte de mujeres después de la enfermedad y la malaria, América Latina es el continente con más alto índice de machismo después de África; y, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2023, p.) cada día mueren 12 mujeres en América Latina y el Caribe sólo por el hecho de ser mujeres, 7 de cada 10 mujeres en el mundo; y, 6 de cada 10 mujeres en la República de México han sufrido violencia en algún momento de su vida; entonces, el problema es muy serio y profundo, por la expresión cuantitativa del delito y cualitativa de diferentes formas de violencia manifiestas en la sociedad.
Ser mujer y nacer en un espacio de tierra ubicado en América Latina y el Caribe, representa un cúmulo de retos de cara a una serie de injusticias y atropellos a las que deben enfrentarse diariamente: la afectación a la vida, la dignidad, la libertad, la integridad física, psicológica y sexual de las mujeres, incrementa, cuando además de la condición de ser mujer, se suma a ello circunstancias de inequidad social, desigualdad de género, dependencia económica y su pertenencia histórica a grupos en condición de doble vulnerabilidad social. Tanto es así que la violencia de género es la principal causa de muerte de mujeres en América Latina y el Caribe de entre 15 y 44 años, cuyas causas estructurales son: la desigualdad, el patriarcado, el machismo, la discriminación y la subordinación histórica de la mujer, que tiene su origen en las relaciones históricamente desiguales entre hombres y mujeres, en las relaciones de poder, en las profundas brechas de género; y, debe ser entendida como una violencia sistemática que tiene varias formas y está presente en todas las esferas de la sociedad; a su vez, constituye una grave violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales, y un problema estructural de larga data, cuya manifestación más extrema es el femicidio, y otros factores negativos que contribuyen al empeoramiento de la desigualdad de las mujeres y su condición nobiliaria en América Latina.
En esta convicción: Violencia contra las mujeres en América Latina: complejidad y desafíos, pone en evidencia, una vez más, que el derecho a una vida libre de violencia, se enfrenta en la actualidad a mayores y continuas amenazas y desafíos. La violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe es la expresión de un sistema social construido en la desigualdad y la discriminación, que vulnera la autonomía y los derechos humanos de las mujeres, sostenido por varias instituciones sociales como la familia, el sistema educativo, la iglesia, los medios de comunicación social; y, por qué no, el sistema de justicia oficial, en la medida que refuerzan y reproducen el sistema patriarcal y la violencia machista de manera simbólica en la cotidianeidad; por lo que, el presente artículo señala enfáticamente que la violencia contra la mujer ha estado al frente de nuestros ojos, reflejando lo grave y peligroso que es, porque donde la violencia persiste, la salud y la vida corren peligro. Por ello, es de gran importancia que la sociedad conozca que la violencia contra la mujer y su núcleo familiar afecta la vida de la familia y de los niños, es un problema latente y ha dado mucho de qué hablar en las últimas décadas. Por lo tanto, el objetivo del presente artículo es dar a conocer a América Latina y el Caribe la violencia de género ejercida contra las mujeres y las niñas, como un problema estructural y de fondo, como un problema de salud pública, como un problema de desarrollo y de derechos humanos, dentro del marco de las convenciones internacionales de derechos humanos, de la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de los Estados Americanos, así como de las diferentes conferencias mundiales y declaraciones internacionales de derechos humanos en cumplimiento de los principales objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; enfocado, principalmente, en la convicción de la problemática a través de la comprensión de la naturaleza polifacética del problema, de conocer el contexto de la violencia, de las profundas raíces biológicas, psicológicas, familiares y ambientales; y, de las complejas dinámicas sociales, culturales, jurídicas y políticas que intervienen en las distintas manifestaciones de la violencia de género, desde una perspectiva de derechos humanos, legislación internacional y mundial y organismos internacionales públicos y privados de derechos humanos vinculados a la problemática de la violencia contra la mujer, y los retos y desafíos que persisten en el siglo XXI. Además, su relevancia reposa en el hecho que su finalidad es concientizar a la región sobre la problemática en curso, su contenido responde a una demanda manifiesta de la sociedad, las instituciones del estado y la comunidad internacional, la falta de rendición de cuentas en materia de impunidad; y, que un proceso de cambio involucra a todos a través de un compromiso serio y profundo. En general, todo el contenido del presente artículo está dedicado a las mujeres que cotidianamente luchan por sus derechos, a los niños que, con frecuencia, son testigos o son arrastrados por la violencia, a todos los seres humanos que sufren violencia de género en cualquiera de sus formas, a todas las personas que son invisibilizadas, pero continúan adelante; y, a todas esas almas blancas que se llenan de dignidad y se atreven a volar.
1. Un problema de derechos humanos
La mujer de América mucho antes de reclamar sus derechos ha sabido cumplir sus deberes a cabalidad, y no es justo que se la considere inferior o menor a ningún hombre, más aún cuando la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en sus artículos 1 y 2 reconoce que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, por lo tanto, toda persona tiene todos los derechos y libertades en ella proclamados sin distinción alguna, inclusive las basadas en sexo, género o identidad sexual” (Organización de las Naciones Unidas, 1948, p. 2). Pero, lastimosamente, aquellos derechos humanos que se declararon universales e inalienables en el siglo XX, se diluyen frecuentemente ante la amenaza inminente del machismo, la violencia y el femicidio en el siglo XXI. En esta convicción: Violencia contra las mujeres en América Latina: complejidad y desafíos, es una reflexión absolutamente beneficiente para todos y una de las grandes deudas de los países también; esto es, vivir en una sociedad perfecta y homogénea es una de las mayores utopías que puede tener el ser humano, porque la realidad todavía está muy por debajo de nuestros sueños. Precisamente, este tema tiene que ver con esta realidad que azota la vida de las mujeres, y ha puesto sobre el escenario tres grandes cuestiones que son: el aumento de la violencia de género, el aumento de la violencia intrafamiliar y el femicidio, porque estos son los tres grandes ejes para reconstruir, repensar e interpelar el problema hacia una agenda futuro en lo que tiene que ver con las cuestiones de género de manera profunda; colocando en el centro del escenario a los derechos humanos, no solamente con la Convención de Belém do Pará en el ámbito regional, sino también con la CEDAW en el ámbito internacional, lo cual derrama hacia abajo todo un ordenamiento jurídico, en consonancia con esa perspectiva, en ese diálogo de saberes, entre derechos humanos y derecho penal, porque el feminismo debe un debate profundo sobre si realmente el derecho penal ha dado respuesta o no a las cuestiones de género, puesto que en la región casi no se habla del concepto de prevención, pero es necesario empezar a profundizar más en las cuestiones previas, en lo que tiene que ver más con el campo no punitivista, sino con el campo preventivista, porque en definitiva la punición tiene que ver con el después, cuando la pregunta es ¿cómo hacer una sociedad que realmente respete la igualdad de género en serio? Lo cual obliga a pensar en el antes.
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, las Naciones Unidas reconocieron explícitamente la violencia contra la mujer como una violación de los derechos humanos. En la Declaración y Programa de Acción de Viena aprobados por la Conferencia, se señaló que “los derechos humanos de la mujer y de la niña eran parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales”. (ONU, 2014, p. 4)
A partir de esta Declaración y Programa de Acción de Viena, recién en 1993 se reconoció internacionalmente a la violencia contra la mujer como una violación a los derechos humanos, lo cual significó un logro importantísimo en la concepción mundial del problema; esto es, el reconocimiento explícito del fenómeno como un problema de derechos humanos dentro de las Naciones Unidas. Acto seguido, la Organización de las Naciones Unidas nos dio la definición de violencia contra la mujer, contenida en el artículo 1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la cual manifiesta lo siguiente:
Artículo 1.- A los efectos de la presente Declaración, por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. (ONU, 1993, p. 2)
Asimismo, la Organización de los Estados Americanos en el artículo 2 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como Convención de Belém do Pará, nos da los tres ámbitos donde se produce la violencia contra la mujer que son:
Artículo 2.- Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;
b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra. (Organización de los Estados Americanos, 2005, p. 1)
Entonces, los tres ámbitos donde se produce la violencia contra la mujer son: en la familia, en la comunidad y la violencia que es perpetrada o tolerada por el Estado o con la aquiescencia del Estado o sus instituciones. Ahora bien ¿cuál es la diferencia entre violencia contra la mujer y la violencia basada en género?
Violencia contra la mujer.- Es todo acto de violencia física, sexual o psicológica que se produce contra una persona por el hecho de ser mujer, tanto si se lleva a cabo, en el espacio público como en espacio privado.
Violencia basada en género.- Es todo acto de violencia física, sexual o psicológica que se produce contra una persona por su pertenencia a un género determinado, casi siempre por pertenecer al género femenino, tanto si se lleva a cabo en el espacio público como en espacio privado.
Durante años se ha considerado la violencia contra la mujer como violencia de género, porque tanto la violencia contra las mujeres como la violencia basada en género evidencian una jerarquía de lo masculino sobre lo femenino, y porque las cifras oficiales a nivel mundial demuestran que 1 de cada 3 mujeres ha sufrido algún tipo de violencia física y sexual perpetrada principalmente por parte de su compañero sentimental (OMS, 2016, p. ). Es decir, la violencia afecta principalmente a mujeres y niñas. Esta realidad ha ocasionado que los conceptos se utilicen como sinónimos; no obstante, es importante mencionar que la violencia contra las mujeres es un tipo de violencia de género. (Consejo de la Judicatura, 2016, pp. 10 y 12)
Pero la violencia contra la mujer o la violencia basada en género es mucho más que eso; sus vivencias, teñidas del hecho de ser mujer, ahondan en lo más profundo de su existencia humana, y su individualidad se torna en un sentir colectivo que refleja las prácticas más injustas de la sociedad. Es así que diversos informes internacionales reconocen a la violencia contra la mujer como una violación a los derechos humanos de alcance universal, que va más allá del género, identificándola como un fenómeno de impacto social negativo que afecta el equilibrio de la familia y de la sociedad, al ser un mecanismo de control para conformar y mantener las relaciones de poder y dominación dentro de la pareja y la familia. Por ejemplo, el Informe del Secretario General de las Naciones Unidas de 2006, Kofi Annan, identificó una amplia variedad de formas y manifestaciones de violencia contra la mujer en cinco escenarios a saber: “violencia contra la mujer dentro de la familia, violencia contra la mujer en la comunidad, violencia contra la mujer cometida o consentida por el estado, violencia contra la mujer en conflictos armados y violencia contra la mujer y discriminación múltiple” (ONU, 2012, p. 25); de la misma manera, la Organización de las Naciones Unidas, en el Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer sus causas y consecuencias de 2014, Rashida Manjoo, manifestó lo siguiente:
La violencia contra la mujer es una violación sistémica, generalizada y omnipresente de los derechos humanos, que las mujeres padecen en gran medida por el mero hecho de ser mujeres. El concepto de neutralidad en cuanto al género, tal como se formula, entiende la violencia como una amenaza de alcance universal a la que todos podemos estar expuestos y frente a la que todos somos dignos de protección. Esto parece sugerir que los hombres que han sido víctimas de la violencia precisan y merecen recursos comparables a los que se ofrecen a las mujeres en igual situación, obviando la realidad de que la violencia contra los hombres no se produce como consecuencia de la desigualdad y discriminación generalizadas y de que ni es sistémica ni alcanza la categoría de pandemia como en el caso indudable de las mujeres. El cambio a la neutralidad favorece una interpretación más pragmática y políticamente aceptable del término “género”, que no lo concibe como un simple eufemismo de “hombres y mujeres”, sino como un sistema de dominación del hombre sobre la mujer más amplio. Por lo tanto, no puede analizarse la violencia contra la mujer de forma casuística, aislándola de los factores individuales, institucionales y estructurales que rigen y conforman la vida de las mujeres y las niñas. (ONU, 2014, p. 18)
A lo largo de la historia las mujeres han tenido que soportar violencia de todo tipo, porque, con frecuencia, la violencia azota la vida de las mujeres, la violencia destroza familias, la violencia mata, la violencia sistemática contra la mujer es eso y mucho más; la violencia de género es realmente un cáncer, así es como define la ONU Mujeres: como la expresión más brutal de la desigualdad y una grave violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y es una de las mayores enfermedades que tenemos como sociedad, porque allí donde la violencia persiste la salud y la vida corren peligro. Ya para el 2012, según datos de la estadística de homicidios de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), casi medio millón de personas perdieron la vida a causa de homicidios dolosos en todo el mundo (437.000,00), de éstos más de una tercera parte (36%) tuvieron lugar en el continente americano; y, a nivel global, dos terceras partes de las víctimas de homicidios cometidos por compañeros íntimos o familiares son mujeres (43.600,00) y un tercio son hombres (20.000,00). Además, de todos los estados que disponían de información actualizada, los datos mostraron que más del 80% de las personas asesinadas en un contexto de violencia de pareja eran mujeres, y de todas las mujeres asesinadas en el mundo en 2019, el 58% perdieron la vida a manos de su pareja o sus parientes más cercanos; lo cual puso de manifiesto que el hogar es un lugar muy peligroso para ellas, y esto habla de una realidad, una realidad muy dura que debe preocupar mucho a la sociedad, a los estados, a la región y al mundo.
El Informe “Global Burden of Armed Violence 2011: Lethal Encounters”, elaborado por The Geneva Declaration on Armed Violence and Development Secretariat, señala que, entre los veinte y cinco países del mundo con tasas altas y muy altas de feminicidios, catorce de ellos se ubican en las Américas (cuatro en el Caribe, cuatro en Centroamérica y seis en Suramérica). Subraya también que, en términos generales, los porcentajes son más elevados en países caracterizados por altos niveles de violencia. (OACNUDH y ONU Mujeres, 2014, p. 9)
En este contexto surgen tres interrogantes que son: ¿por qué América Latina y el Caribe no consigue reducir estas cifras, y tal parece que la lucha la comenzó a perder?, ¿qué importancia tiene el factor cultural en la región de América Latina y el Caribe para que se estén dando estas cifras, y que las mujeres teman denunciar, siempre sientan que están en un segundo plano y les cueste tanto empoderarse?; y, ¿qué se ha hecho al respecto, qué no se ha hecho y qué falta por hacer con una visión internacional que es importantísimo? Existe el contexto social ¡sí! pero hablar de América Latina y el Caribe como un todo, representar realidades similares para todos los países es muy difícil; claro que existen cifras muy alarmantes en la región, y tiene que ver con seis nudos críticos que son: 1) Éste es un continente muy desigual donde las mujeres tienen brechas económicas que afectan mucho su empoderamiento, y entonces es un continente con altos riesgos para las mujeres, que siguen sufriendo múltiples formas de violencia y maltrato, particulares o estructurales, individuales o colectivas, y los mecanismos de dominación no cesan; 2) Una región donde todavía las relaciones de dependencia económica de mujeres hacia hombres es muy alta; 3) La carga desproporcionada de cuidado que pone a las mujeres una responsabilidad enorme sobre el cuidado de los hijos y las tareas del hogar, casi todo el trabajo doméstico recae sobre las espaldas de las mujeres, tres veces más que los hombres, cuatro veces más en el caso de mujeres indígenas o afro, y eso es una limitante obviamente, no hay un equilibrio; 4) La idea cultural que hay de la disposición de los cuerpos de las mujeres y las niñas, la idea de cosificación de las mujeres; 5) Con respecto a simplemente tipificar el delito de femicidio no basta, acompañar esto con políticas públicas preventivas que realmente tengan una perspectiva de género es mucho más difícil de conseguir; y, 6) En todos los estados de la región existe una enorme necesidad de acceso a la justicia, de sensibilidad de las autoridades y que los grados de impunidad queden eliminados. Entonces, hay responsabilidades, como se dice en las conferencias internacionales, comunes, pero diferenciadas; hay consecuencias que ya son irreversibles, como el femicidio y los hijos huérfanos del femicidio; hay desafíos que trascienden las fronteras y reflejan la lacerante colonialidad de las sociedades del tercer mundo; y, hay problemas estructurales vinculados a la familia y al hogar, que traza una línea abismal entre la violencia y la felicidad; lo cual desnuda nuestras raíces biológicas, sociológicas, intelectuales y culturales; porque es ahí donde se relativiza muchas de las cosas que después adquieren la monstruosidad que existe en nuestras sociedades, en un problema de una dimensión tan grande, en la historia, en la cultura y con un costo humano tan alto, tan elevado, que permite cobrarle sentido y significación para de esa manera establecer la inmensa tarea de identificar dónde están los orígenes; y, sobre todo, en la inmensa tarea de despertar la conciencia acerca del problema que existe en América Latina y en el mundo entero.
2. Avances, retos y desafíos
Para hacer frente al problema, América Latina y el Caribe tiene realmente un movimiento legislativo muy fuerte en el mundo, que ha permitido avanzar en este camino más complejo de repensar las violencias de género en sentido plural; en especial, existen nueve marcos normativos que son: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, el Índice de Desigualdad de Género (IDG), el Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio), la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Guía para la aplicación sistemática e informática del modelo de incorporación de la perspectiva de género en las sentencias, el Boletín número 1: Violencia feminicida en cifras en América Latina y el Caribe: poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas y al feminicidio: reto clave para la construcción de la sociedad del cuidado, la Declaración de Ciudad del Este; y, el Compendio sobre justicia transicional con enfoque de género.
1) Éste es un problema muy serio, no solo de América Latina, sino del mundo entero: así, América Latina tiene la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de 1994 (más conocida como Convención de Belém do Pará); África tiene el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de la Mujer en África de 2003 (conocido como Protocolo de Maputo); Asia tiene la Declaración de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de 2004, y la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y contra las Niñas en la Región de la ASEAN de 2013; y, Europa tiene el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (más conocido como Convenio de Estambul), que es el instrumento regional más reciente sobre violencia de género adoptado en 2011. A estos cuatro instrumentos regionales de derechos humanos, se suman la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979 (CEDAW por sus siglas en inglés); y, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas de 1993. Todas ellas forman parte del corpus juris universal de protección de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, incluso en la importancia que tiene el ius cogens a nivel internacional, por la jerarquía y por ese reconocimiento esencial que se hace.
2) La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (más conocida como Convención de Belém do Pará), aprobada en 1994, es el gran logro de América Latina y el Caribe en temas de violencia de género y en materia de derechos humanos para las mujeres que, entre otras cosas, dictó normas de sensibilización, prevención y sanción que los estados tienen que cumplir de conformidad con esta obligación internacional adquirida. En su artículo 7 dice que todos los estados parte, a través de todos los niveles de gobierno, tienen el deber ineludible de adoptar todas las medidas políticas, legislativas, judiciales, administrativas, civiles, penales y de cualquier otra índole que sean necesarias para promover, proteger, garantizar y respetar los derechos humanos de las mujeres y asegurar el derecho a una vida libre de violencia de las mujeres y las niñas. Entre los principales deberes de los estados en materia de violencia contra la mujer y femicidio tenemos los siguientes: a) El deber de actuar con la debida diligencia; b) El deber de prevención; c) El acceso a mecanismos jurídicos de justicia; d) El deber de investigar y sancionar con perspectiva de género; e) El deber de garantizar una reparación justa y eficaz; f) El deber de modificar y transformar los patrones socioculturales y los estereotipos de género negativos; g) El deber de modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer; h) El deber de establecer medidas de protección a las víctimas que denuncian; i) El deber de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; y, j) El deber de erradicar y poner fin a la violencia basada en género.
3) En el 2010 el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) desarrolló un nuevo índice para medir la disparidad de género, llamado Índice de Desigualdad de Género (IDG): “El nuevo índice fue introducido en el Informe sobre Desarrollo Humano 2010, como una medida experimental para solucionar las fallas de los indicadores anteriores, que no se usan, el Índice de Desarrollo relativo al Género (IDG) y el Índice de Empoderamiento de la Mujer (GEM), ambos introducidos en el Informe sobre Desarrollo Humano 1995. Según el índice, en ningún país del mundo las mujeres están en pie de igualdad con los hombres; en otras palabras, la igualdad de género continúa siendo una realidad lejana” (Consejo Nacional para la Igualdad de Género, 2017, p. 68). Excepto en Dinamarca, donde es común que los hombres se queden en casa y las mujeres salgan a trabajar, gracias a las políticas de igualdad de género fuertemente aplicadas por la República de Dinamarca, donde los hombres valoran mucho a sus esposas y comparten la responsabilidad de la crianza de los hijos y las tareas del hogar.
4) El Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio), aprobado por ONU Mujeres y OACNUDH en 2014, el cual dio primacía a la justicia especializada de género en la región; en ese sentido la geografía judicial es un campo de discusión interdisciplinario, transdiciplinario e inclusive trans académico, que reflexiona y discute las relaciones de poder en relación a esa dualidad: derechos humanos y derecho penal, práctica forense y litigio estratégico, autopsia psicológica de la víctima y ciclos de violencia intrafamiliar; porque si detrás de las mujeres está el feminicidio, detrás de los hombres está el masculinicidio, y en qué se ha convertido América Latina; y, si pasamos esos umbrales mínimos que hacen posible la vida, deben también considerar a la vida como un derecho humano, paralelo y concomitante a la especie humana, y deben abrazar algo dificilísimo, pero corresponde hacerlo, que es la vida, una subjetividad multi especie, porque el derecho a la vida no solo es de uno, sino es de todos como especie homogénea, que eufemísticamente somos todos.
5) La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en septiembre de 2015 por las Naciones Unidas, que a la vez constituye el instrumento mundial más reciente e importante en el mundo entero, e incorpora entre sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Objetivo específico número 5, relativo a la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en el mundo. En este sentido, tenemos la Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el Marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030, aprobada por los estados miembros de la CEPAL en la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe en 2016, cuyo objetivo es guiar la implementación de la Agenda Regional de Género y asegurar que se emplee como hoja de ruta con vista a alcanzar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a nivel regional, desde una conceptualización del desarrollo sostenible basado en el respeto a los derechos humanos de la mujer hasta alcanzar la igualdad de género. La Estrategia de Montevideo comprende diez ejes y setenta y cuatro medidas para implementar la Agenda Regional de Género y alcanzar la igualdad de género al 2030; estas medidas están relacionadas a alcanzar la igualdad de género, la democratización de la política, la gestión pública basada en la igualdad y la no discriminación, la movilización de recursos suficientes y sostenibles para economías inclusivas e innovadoras, el cambio cultural, la gobernanza multilateral, la transformación de datos en decisión política y la rendición de cuentas para todos los estados de América Latina y el Caribe; porque sabemos que sin igualdad no hay desarrollo sostenible, sin igualdad de género no se puede hablar de democracia, porque no se puede hablar de desarrollo sostenible mientras se le siga negando a la mitad de la población su dignidad, sus derechos; mientras la mitad de la población siga sufriendo violencia por el hecho de ser mujer.
6) La XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana llevada a cabo en Bogotá-Colombia en 2015, que aprobó la Guía para la aplicación sistemática e informática del modelo de incorporación de la perspectiva de género en las sentencias, que introdujo el concepto de ius cogens en la administración de justicia regional, esto significa que para las convenciones internacionales la igualdad de género ha llegado a tener la categoría de ius cogens, esto es, de derecho obligatorio para todos los estados involucrados, y que además debe ser precautelado aunque las partes no lo aleguen expresamente. Esto quiere decir que la igualdad de género tiene la misma condición jurídica que el derecho a la dignidad humana; en definitiva, que dignidad humana es igual a igualdad de género, o igualdad de género es igual a dignidad humana, por eso no hay que esperar que las partes procesales aleguen la presencia de una eventual desigualdad de género o de un contexto de desigualdad de derechos en el caso específico, porque la igualdad de género no es que se la protege cuando alguien le pide que la proteja, es obligación de oficio de un estado, de cualquiera autoridad pública proteger la igualdad de género de oficio sin que esa víctima se lo haya pedido expresamente; porque es ahí donde se protegen los derechos humanos de las mujeres, porque es ahí donde la función judicial se convierte realmente en un refugio para las víctimas de la desigualdad de derechos, garantizando que la administración de justicia incorpore en su quehacer cotidiano la comprensión del derecho a una vida libre de violencia como fundamental.
7) En 2023 la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), con el apoyo del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, publicó el Boletín número 1 titulado: “Violencia feminicida en cifras en América Latina y el Caribe: poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas y al feminicidio: reto clave para la construcción de la sociedad del cuidado” (Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2023, p. 1), con el objetivo de desatar los nudos estructurales de la desigualdad de género y transitar hacia una sociedad del futuro que integre el cuidado de las mujeres y el cuidado del planeta desde un enfoque de género y de derechos humanos de las mujeres y las niñas, ampliando la garantía de su derecho a una vida libre de violencia como fundamental.
8) El XX Encuentro de Magistradas de los más Altos Órganos de Justicia de Iberoamérica “por una justicia de género”, realizado en Paraguay en septiembre de 2024, mismo que concluyó con la firma de la Declaración de Ciudad del Este, en la cual las magistradas y exmagistradas firmantes se comprometieron a promover los cambios en la cultura jurídica para incorporar la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos de las mujeres, a través del bloque de constitucionalidad y el control de convencionalidad, y mediante la acción de una fuerza colectiva, dé vida al destino y los sueños de un continente; y,
9) En diciembre de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió recomendaciones internacionales para garantizar que las mujeres víctimas de violencia reciban justicia y reparación integral con enfoque de género, considerando el daño desproporcionado que sufrieron por la discriminación y la violencia de género durante conflictos armados y regímenes autoritarios; estas recomendaciones buscan asegurar que sus voces sean escuchadas en los procesos de verdad, justicia y reparación; en este contexto, el Compendio sobre justicia transicional con enfoque de género, incluyó cinco formas de reparaciones que deben aplicarse al caso concreto: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, cuyo objetivo es restaurar la dignidad de las víctimas, hacer justicia y evitar futuras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
En resumen, todas estas acciones demuestran que existen avances, que es justo reconocerlo, pero siguen siendo muchos los desafíos pendientes, porque los desafíos son muchos y son en plural; porque los desafíos no tienen que ver solo con soluciones tecnocráticas, sino con profundos cambios familiares y sociales, que emergen de abajo hacia arriba, de adentro hacia afuera, que enlaza diversas agendas de los pueblos de América Latina, y que denuncia aquellas injusticias que las mujeres y sus hijos suelen sufrir en el diario vivir. Si bien existen cambios y desafíos, pero falta mayor eficiencia, falta ser lo más inteligente posible y tomar las mejores decisiones para nuestra región, como lo demuestran tantos informes internacionales de derechos humanos; por ejemplo, establecer varias estrategias que vayan al mismo tiempo de la mano y actúen con toda la fuerza en la parte familiar, social, educacional y judicial, porque la sanción parecería ser nada más que una sola cuestión, pero es un sistema mucho más complejo lo que es la violencia, que termina convocando a los tres poderes del estado a tomar decisiones de manera seria y profunda para intentar cambiar la realidad que tenemos y transformar la sociedad que soñamos. Porque esto es parte del cambio de la matriz social y cultural de cero tolerancia a la violencia, es parte del cambio del modelo de masculinidad que es violento y tóxico; y, en definitiva, es parte del nuevo modelo de desarrollo orientado hacia un cambio transformacional de América Latina y el Caribe, y por qué no del mundo entero; y, a través de esa nueva forma de pensar individualmente, conduzca a todos a esa nueva forma de vivir colectivamente. Para lo cual todas las personas deben tener una construcción distinta: de respeto por las diferencias, de respeto por la argumentación; y, tienen la obligación, de por haberlo vivido, y haberlo vivido en carne propia, hacer una transformación distinta a la hora de sentar las bases de cómo construir políticas feministas más justas en los distintos ámbitos que derrame. Porque solo en las sociedades donde existe una desigualdad tan profunda, que ha calado tanto en el tiempo, las mujeres tienen que vivir con el temor a la violencia siempre.
Los cambios han tardado mucho, los cambios han sido lentos, es decir, incorporar realmente esta mentalidad es un cambio que no se lo hace de un día para otro, de la noche a la mañana, evidentemente, lleva tiempo, generaciones quizás; pero si cada uno no se toca la vida hacia adentro, si cada uno no se replantea la vida como ser humano, y si cada uno no funciona en ese sistema de filosofías y alianzas, las cosas no van a cambiar por sí solas, porque la verdadera solución está en la conciencia y en el corazón de las personas, pues la sociedad que soñamos, será la sociedad capaz de lograr la felicidad primeramente en la familia y en el corazón de las personas, porque es ahí donde se gestan las más bellas virtudes del alma y los más altos valores del espíritu, en el afán de querer ser mejores personas cada día, y en el afán de construir sociedades infinitamente mejores a las que tenemos, desde este sueño, desde esta ilusión; y, a través de esos conceptos, hacerle saber a América Latina y al mundo que hay otras formas de pensamiento y convivencia.
Por su parte, la infancia no idealiza tanto al ser humano, pero cree firmemente en la condición humana para erradicar la violencia de género, a través de una conciencia social ascendente y el respeto pleno a los derechos humanos de las mujeres y las niñas, sin cercenar la esperanza de nadie; y, la humanidad debe entenderlo como el concepto más profundo que el ser humano puede tener en su corazón, el sueño de que algún día todos los hombres puedan construir nuevas realidades: desde perspectivas diferentes, desde masculinidades diferentes: no la del poder, no la de la violencia, no la del machismo; sino del amor, el respeto, la igualdad y la dignidad de todas y todos. Porque América Latina y el Caribe debe ser una sociedad libre de maltrato, libre de violencia, una sociedad de paz, una sociedad de amor, una sociedad de otra forma de convivencia; esto es, una sociedad pacífica, una sociedad decente, donde todos se traten como hermanos y se amen los unos a los otros; para ello se necesita valor para vivir, dignidad para vivir, para vivir en paz y armonía, acaso ¿es soñar en grande? No es soñar en grande, simplemente, se trata de avanzar hacia una sociedad más decente, más democrática y más justa; en definitiva, avanzar hacia una sociedad donde la mujer sea respetada al cien por ciento. Como decía la autora eco feminista multiespecies Donna Haraway: “o la humanidad aprende a seguir con el problema de vivir y morir juntos en una tierra herida, o aprende a favorecer un tipo de pensamiento crítico que otorgará los medios eficaces para construir futuros más vivibles, esto es, la utopía de una nueva alianza entre especies que se organizan entre sí para revitalizar un planeta devastado por la violencia, la injusticia y la desigualdad” (Haraway, 2019, p. 1). O, como dice la utopía: o logras ser solidario y su vida se transforma en su mensaje de amor para con los demás, o logras apenas ser un testimonio que va a quedar grabado en un mensaje de un pizarrón: la luz de los sueños, la ilusión de las causas profundas. Cuando las mujeres forman parte de esa vida que continuamente está haciéndose, deshaciéndose, rehaciéndose, hasta llegar a comprender la vida a cabalidad, pero en mejores condiciones; y, el hecho de que el presente y el futuro son sentimientos que pueden amortiguar si logran cambiar su historia del pasado, y si tienen el coraje de cambiar el rumbo de las sociedades más antiguas que están en el fondo de la historia de la humanidad, que partiendo de todo aquello que les une, puedan ir superando lo que les divide. Es hora de despertar humanidad, es hora de reaccionar sociedad: la vida humana donde constantemente se exfolian derechos humanos, donde se violan sistemáticamente derechos elementales, nos exige actuar; resguardados, además, por los espíritus de las mujeres, que enseñan que dar la vida de múltiples formas por la vida de las mujeres y las niñas, es dar la vida por el bien de la humanidad y de este planeta; construyamos, entonces, sociedades capaces de coexistir de una manera justa, digna y pacífica; y, por la vida o por la paz, juntemos los corazones con las almas y sigamos adelante con fe y esperanza defendiendo y cuidando la integridad de las mujeres y las niñas. Solo queda preguntarse: ¿es mucho soñar?, ¿es soñar en grande? Puede ser, pero es soñar con la vida y la felicidad, porque amar significa amor de a dos, compartir la vida juntos, compartir la felicidad en esa aventura, en ese estrecho camino, lleno de sueños, ilusiones y esperanzas; porque en eso, prevalecerá siempre una nobleza.
Conclusiones
América Latina es la región más desigual del mundo, y la desigualdad social también tiene que ver con violencias de género en sentido plural; por lo tanto, establecer esta crítica desde lo estructural es un punto nodal para el cambio, porque es el cuestionamiento a una institución base de la sociedad, como es la familia y el hogar. Precisamente, identificar la raíz de la metástasis patriarcal apunta a eso, apunta a desnudar las deficiencias que aún existen dentro del sistema social, a interpelar las verdaderas causas del origen de este mal; pues como se planteó desde un inicio, la violencia contra la mujer es un problema estructural, un problema endémico; es decir, un problema que está muy arraigado en la sociedad, como en todas las sociedades del mundo, y en América Latina y el Caribe en particular; que tiene que ver con cuestiones históricas, culturales, materiales y económicas de la vida de las mujeres en los países de origen, y también lo que tiene que ver con la idea de repensar las violencias en sentido de la autonomía, la independencia y el empoderamiento de las mujeres, un concepto mucho más amplio en términos de desarrollo y de dignidad humana. Y ahí también hay un cambio estructural y cultural profundo que trabajar, con todo lo que esto implica en términos de igualdad; y, no como un tabú, y en eso también tiene que ser esta defensa, por un estado laico, que es también central, y se preocupa mucho del bienestar de sus mujeres y sus niñas.
En la región latinoamericana se identificaron cuatro nudos estructurales que son necesarios enfrentar para cerrar las brechas de género que existen en el siglo XXI: 1) La superación de la desigualdad de género y la pobreza; 2) La transformación de los patrones sociales, culturales, patriarcales, discriminatorios y violentos y la cultura del privilegio; 3) La superación de la división sexual del trabajo y la injusta organización social del cuidado; y, 4) La consolidación de la democracia paritaria. Además de los esfuerzos que como gobierno y como estado asume cada país, es importante la articulación entre países para avanzar en estrategias conjuntas y consistentes en la difícil tarea de eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, de la mano de la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Es en esta convicción, que América Latina y el Caribe debe buscar la cooperación de otros países más allá de sus fronteras, con el fin de generar una reflexión profunda en temas urgentes como la prevención de la violencia contra las mujeres y sus manifestaciones más extremas como son el femicidio y el feminicidio. Puesto que, el deber de prevención es un asunto y un desafío pendiente para todos los estados de la región, en cuanto a las prácticas que permitan materializar las obligaciones de prevención, protección, atención y su efectividad ante los actos de violencia y muerte violenta de mujeres por razones de género, rescatando las singularidades de cada sociedad y cada cultura. Este deber comprende, entre otros: la medición del femicidio, la elaboración de políticas públicas de prevención y erradicación de la violencia extrema de género, acción y atención integral a víctimas y la respuesta institucional de atención especializada a sobrevivientes; que a largo plazo permita alcanzar un desarrollo internacional sostenible; en esencia, son cuatro pilares interrelacionados entre sí para alcanzar la igualdad de género y transitar hacia patrones de desarrollo basados en los derechos humanos, la autonomía de las mujeres y la sostenibilidad hacia el 2030.
Finalmente, hablar de la violencia contra la mujer sin hablar de las masculinidades es dejar un punto ciego sobre nuestra pupila, pues no puede haber una sociedad justa si no existe igualdad de género, la igualdad tiene que ver con el otro 50% de la humanidad; por lo tanto, esta conclusión aspira a co-crear en conjunto con las agencias de la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe y los gobiernos nacionales, las nuevas políticas públicas de igualdad de género, puesto que todo tiene que estar dirigido a lograr esa igualdad entre hombres y mujeres, a terminar la violencia contra la mujer, a respetar los derechos humanos de las mujeres y las niñas, a eliminar las masculinidades tóxicas, a acabar con las desigualdades sociales, a estimular la autonomía, la independencia y el empoderamiento económico y político de las mujeres; y, en definitiva, a crear en conjunto una América Latina y el Caribe mejor, una América Latina y el Caribe unida, una América Latina y el Caribe libre de violencia; en definitiva, una América Latina y el Caribe que viva en paz y segura. Porque éste no es el capítulo de los derechos humanos, sino de la civilización humana, de las masculinidades y las femineidades juntas para construir un concepto de sociedad más profunda para todos, forjando un destino de grandeza, con sueños de igualdad, amor y libertad para todos, desde este sueño, desde esta ilusión.
Sueño o realidad de la América Latina profunda.
Referencias
Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (2023). Poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas y al feminicidio: reto clave para la construcción de la sociedad del cuidado, violencia feminicida en cifras: América Latina y el Caribe, N 1. https://www.cepal.org/sites/default/files/infographic/files/c2300197_boletin_1_violencia_esp_web.pdf
Consejo de la Judicatura. (2016). Una vida libre de violencia: Manual sobre qué hacer y cómo actuar frente a situaciones de violencia de género. Consejo Editorial del Consejo de la Judicatura.
Consejo Nacional para la Igualdad de Género. (2017). Glosario feminista para la igualdad de género. Centro de Publicaciones de la Universidad Católica del Ecuador.
Haraway, D. (2019). Seguir con el problema. https://www.waldhuter.com.ar/Papel/9788416205417/Seguir+con+el+problema
Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Oficina Regional para las Américas y el Caribe de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. (2014). Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio). https://www.unwomen.org/sites/default/files/Headquarters/Attachments/Sections/Library/Publications/2014/Modelo%20de%20protocolo.pdf
Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
Organización de las Naciones Unidas. (1993). Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. https://www.refworld.org/es/leg/resol/agonu/1993/es/10685
Organización de las Naciones Unidas. (2012). Si no se cuenta, no cuenta: Información sobre la violencia de las mujeres. Naciones Unidas.
Organización de las Naciones Unidas. (2014). Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer sus causas y consecuencias, Rashida Manjoo. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2014/9775.pdf
Organización de los Estados Americanos. (2005). Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html